La Dirección General de Tráfico sancionará a partir del 20 de mayo a quienes incumplan la normativa sobre estiba y amarre de la carga que entrará en vigor en la citada fecha, acaba de confirmar CETM en un comunicado enviado una vez que ayer, al término de la reunión entre el Comité Nacional y la DGT, Fenadismer remitiera por su parte un comunicado donde se avanzaba que el citado organismo público establecerá  “un periodo transitorio no sancionable de adaptación a la nueva regulaciónâ€Â (consulte aquà el comunicado Ãntegro de Fenadismer).
Tras la publicación de la noticia derivada de la información de Fenadismer, la patronal que preside Ovidio de la Roza se ha puesto en contacto esta misma mañana con los máximos responsables de Tráfico, “quienes nos han confirmado que las sanciones se producirán desde el mismo momento de la entrada en vigor del nuevo Real Decretoâ€, para añadir que “hay que señalar, no obstante, que los datos de la DGT apuntan a una escasa incidencia de la accidentabilidad motivada por una estiba incorrectaâ€, al tiempo que apuntan que “ello no significa que Tráfico haga dejación de sus funciones de inspección y en su caso, pueda sancionar a quienes incumplan esta norma†(consulte aquà el comunicado Ãntegro de CETM).
Desde CETM recuerdan que “nos enfrentamos a una normativa compleja y ambigua que, en contra de nuestra opinión, hace recaer la responsabilidad en caso de accidente en el conductor, en determinadas circunstanciasâ€, lo que choca de frente con la Ley del Contrato de Transporte, que delimita claramente que la responsabilidad tanto de la carga como de la estiba es del cargador, a no ser que haya un pacto expreso y previo que indique lo contrario.
“En la mayorÃa de los casos, el conductor no interviene en el proceso de la estiba, por lo que, a nuestro modo de ver, no deberÃa ser posible que, en esos casos, recayera sobre él una responsabilidad directa en caso de accidenteâ€, detallan.
El compromiso adquirido por la DGT en la reunión mantenida ayer con las organizaciones miembro del CNTC es elaborar una Resolución que desarrolle y clarifique la responsabilidad de la estiba en el Real Decreto, para lo que publicará un documento denominado ‘Ficha de estiba’, adaptado a las diferentes especialidades de transporte, en el que los responsables de la carga deberán acreditar la correcta sujeción de la mercancÃa a bordo del vehÃculo.
Comentários | Deixar Comentário |
Não há comentários para este item. |