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PUBLICADA LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A AUTÓNOMOS PARA ABANDONAR LA ACTIVIDAD

Transporteprofesional.es | 0 comments | read 4769 times

Hasta el 28 de febrero, los transportistas autónomos que quieran abandonar de forma voluntaria la actividad tienen de plazo para presentar sus solicitudes ante el Ministerio de Fomento. Tener 63 años o más, una autorización de transporte y haber sido titular de ella en los últimos diez años son algunos de losrequisitos que se exigen para tener derecho a una compensación económica.

Ya está publicada en el Boletín Oficial del Estado la convocatoria de ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad durante el año 2014. Según se recoge en la orden ministerial FOM/2835/2012, de 17 de noviembre, podrán acogerse a las ayudas aquellos transportistas que, en el momento de presentar la solicitud, cumplan los siguientes requisitos:

- Tener una edad igual o superior a 63 años o haberle sido declarada una incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista.

- Ser titular de una autorización vigente de transporte público de mercancías o viajeros en autubús con un máximo de tres copias, o de ambas autorizaciones con un máximo de tres copias. En ningún caso se considerará una autorización que no tuviese, al menos, una copia en vigor.

- Haber sido titular de forma ininterrumpida, durante los últimos 10 años, de una de las autorizaciones de mercancías o viajeros. Se permitirá una única interrupción en la titularidad o vigencia de la autorización por un plazo no superior a los tres meses.

- Estar dados de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social los últimos 10 años de forma ininterrumpida, permitiendo una única interrupción por plazo que no supere los tres meses.

- Comprometerse a abandonar la actividad de transporte público en nombre propio, renunciando a todas las autorizaciones de las que fuera titular.

- No haber desaprovechado otras ayudas por abandono de actividad que le hubieran sido otorgadas por el Ministerio de Fomento en los tres años anteriores.

La cuantía máxima de las ayudas es de 9.850.000 euros, correspondiéndole a cada beneficiario 30.000 euros. Si tuviera una edad inferior a 65 años, 5.300 euros por cada semestre completo que le falten para cumplir la edad de 65 años.
 

 

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