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Combustibles alternativos, energía limpia para el transporte

transporteprofesional.es | 0 comments | read 13234 times

Desde la Unión Europea se quiere acelerar el proceso de poner en marcha una red de estaciones de servicio para garantizar el suministro de combustibles limpios en la Red Europea de Transporte.

Todo ello viene como consecuencia de la Comunicación del 3 de marzo de 2010 de la Comisión Europea que, bajo el epígrafe "Europa 2020: una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador", se fija el objetivo de reforzar la competitividad y la seguridad energética mediante unas utilización más eficiente de los recursos y de la energía.

Posteriormente, en el año 2011, el "Libro Blanco" del transporte, titulado "Hoja de ruta hacia un espacio único europeo de transporte: por una política de transportes competitiva y sostenible", hacía ver la necesidad de reducir la dependencia de los transportes respecto del petróleo.

Estrategia clara

Para lograr este propósito, la propia Comisión argumentó en el documento la necesidad de poner una marcha una serie de iniciativas políticas mediante la elaboración de una estrategia sostenible en materia de combustibles alternativos y el desarrollo de una infraestructura adecuada. En el mismo "Libro Blanco" igualmente se propuso la reducción hasta el año 2050, de las emisiones de gases invernadero procedentes de los transportes de un 60% con respecto a los niveles de 1990.

Ahora bien, los combustibles incluidos en los marcos de acción nacionales (GNC, GNL, energía eléctrica, etc.) deben poder beneficiarse, tal y como indican desde la Comisión, de medidas de apoyo de la propia Unión europea y a nivel nacional, a la creación de infraestructuras para las energías alternativas, con el claro objetivo de centrar la ayuda pública en el desarrollo coordinado del mercado interior hacia una circulación en el conjunto de la UE mediante vehículos que utilicen este tipo de "carburantes".

Ocurre que la utilización de energías alternativas no dependientes del petróleo hace tiempo que es una realidad, aunque sea de manera todavía "testimonial". Sin embargo, la escasez de infraestructuras en Europa para garantizar el repostaje de los vehículos ha sido razón suficiente para que el pasado 22 de octubre se aprobase la Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos.

Una Directiva que establece un marco común de medidas para la implantación de unas infraestructuras para los combustibles alternativos en la Unión Europea a fin de minimizar la dependencia del petróleo de los distintos modos de transportes.

En la misma se establecen unos requisitos mínimos para la creación de puntos de recarga para los vehículos eléctricos y puntos de repostaje de gas natural (GNL y GNC) y de hidrógeno, que se deberán aplicar mediante las especificaciones técnicas comunes sobre dichos puntos de recarga y de repostaje, y los requisitos de información a los usuarios.

Con todo, los Estados miembro tienen hasta el 18 de noviembre de 2016 para comunicar a la Comisión sus marcos de acción nacionales para la implantación de las infraestructuras correspondientes.

Así, en el caso del Gas Natural Licuado (GNL) deberá haber, a lo más tardar el 31 de diciembre de 2025, un punto de repostaje como máximo cada 400 kilómetros en la Red Europea de Transporte, mientras que en el caso del Gas Natural Comprimido (GNC) el kilometraje no irá más allá de los 150 kilómetros.

En el caso de España, podemos congratularnos de estar muy avanzados respecto a Europa en cuanto a la disponibilidad de estaciones de servicio para GNL, en tanto que todo el cuadrante noreste de la Península Ibérica ya dispone de este tipo de infraestructuras.

Por lo que respecta a los puntos de recarga para vehículos eléctricos, deberán estar disponibles antes del 31 diciembre de 2020 a fin de que estas variantes puedan circular al menos en las zonas urbanas e interurbanas. El número de los mismos, dependerá de las unidades matriculadas a finales del citado año. Una fecha que se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2025 en relación a los vehículos equipados con motor de hidrógeno, incluidos los que emplean pilas de combustible.

A partir de la consulta de las partes interesadas y expertos nacionales (fabricantes de vehículos y de componentes ligados a la utilización de energías alternativas, comercializadores de las mismas, sector de la automoción, etc.), así como de la experiencia adquirida reflejada en el escrito de la Comisión titulada "Energía limpia para el transporte: estrategia europea en materia de combustibles alternativos", se consideran en la actualidad los principales combustibles alternativos con potencial para sustituir al petróleo a largo plazo, la electricidad, el hidrógeno, los biocarburantes, el gas natural y el gas licuado del petróleo (GLP), así como su eventual uso simultáneo y combinado mediante el uso de sistemas de tecnología mixta.

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